I. Coordinar los programas de información por los canales de comunicación adecuados, sobre las actividades del H. Ayuntamiento, de la Presidencia Municipal y sus Dependencias o Unidades Administrativas.II. Recopilar, procesar y analizar la información que resulte de utilidad, tanto para las Autoridades Municipales como para la comunidad.III. Mantener informado al H. Ayuntamiento, al Presidente Municipal y a las Dependencias o Unidades Administrativas de la Presidencia, sobre las manifestaciones de expresión pública y social relativa a su actuación.IV. Mostrar una imagen veraz y adecuada, del H. Ayuntamiento y Administración Municipal ante la sociedad. (REFORMADA, P.O. 20 DE JULIO DE 2015)V. Emitir la normatividad en materia de comunicación social a que deberán sujetarse las dependencias del Gobierno Municipal, incluyendo el enfoque de género, que evite cualquier tipo de discriminación y expresiones o imágenes de sumisión de un género hacia otro;VI. Garantizar que la información proveniente del gobierno municipal se difunda a toda la población. Página 61 de 778VII. Realizar campañas publicitarias para dar a conocer a la ciudadanía los planes de trabajo y acciones emprendidas por el gobierno municipal.VIII. Organizar las conferencias que a los medios de comunicación ofrezcan el H. Ayuntamiento, el Presidente Municipal y funcionarios de la administración.IX. Presentar al Presidente Municipal los planes de trabajo, presupuesto y evaluaciones relativos a sus funciones.X. Cubrir las actividades y eventos de la Presidencia Municipal mediante material videograbado, archivándolo y brindando información de apoyo a los miembros del H. Ayuntamiento sobre los temas que se requiera.XI. Las demás que les confiera la Legislación vigente, o que les encomiende el H. Ayuntamiento, a través del Presidente Municipal.
Municipio de Aguascalientes